Registro de Bases de Datos

REGISTRO DE BASES DE DATOS

Con el propósito de controlar qué, cuándo y cómo nuestros datos personales son comunicados a otros en virtud de la realidad que rige al mundo actual, recientemente se aprobó el decreto reglamentario  Nº 414 de la ley 18.331 relativa a protección de datos personales, publicado el pasado 15 de setiembre de 2009, con un alcance amplio de aplicación.

 

El registro de todas las bases de datos deberá realizarse ante la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (en adelante U.R.C.D.P.), creada por decreto Nº 664/008 de 22 de diciembre de 2008, plazo que vence el próximo 14 de diciembre del corriente año.

 

Por el incumplimiento de esta obligación, la U.R.C.D.P.  puede sancionar a la empresa o persona que no registre su base de datos. De acuerdo con lo dispuesto por la misma las sanciones son las siguientes: apercibimiento, multa de hasta 500.000 U.I. (quinientas mil unidades indexadas), e incluso la suspensión de la base de datos, regulando el procedimiento a seguirse en este caso.

 

    A raíz de la entrada en vigencia en el Uruguay la Ley Nº 18.331, Ley de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data, el Centro Comercial e Industrial de Florida brinda el servicio de registro de Bases de datos.

 

Inscripción de bases.

 

La inscripción de las bases de datos se realiza conforme los siguientes pasos:

1)                            Debe completarse un formulario que se envía a AGESIC a través de su sitio web. 

2)                            Una vez enviado, el formulario debe ser impreso y firmado por los representantes de la empresa con firma certificada por escribano público.

3)                            Ese formulario impreso y firmado, debe ser presentado en las oficinas de AGESIC en Montevideo dentro del plazo de 10 días desde que fue enviado por Internet.

4)                            Una vez presentado, es necesario hacer un seguimiento del expediente en las oficinas de AGESIC por consultas u observaciones que esta agencia estatal pueda tener hasta que en definitiva, acepta el ingreso de la base y queda inscripta.  El seguimiento es importante en la medida que AGESIC da vista de alguna observación por mail pero hay que ir personalmente a notificarse en el plazo de 3 días y luego hay 10 días para levantar las observaciones.

 

 

Servicio propuesto por el Centro Comercial e Industrial de Florida

 

El servicio que presta el Centro Comercial e Industrial de Florida está tercerizado y consta de reuniones con una abogada para el asesoramiento e información respecto de esta nueva legislación, los impactos que puede tener dentro de la empresa y el completamiento de los formularios de cada base.

Además del seguimiento de los expedientes en AGESIC y levantar las observaciones hasta obtener la resolución que confirme la inscripción de cada base de datos.

 

 

Operativa

 

Reserve hora para la reunión personalizada de asesoramiento y determinación de cuántas bases de datos debe de registrar su empresa y el registro correspondiente de las mismas al Centro Comercial e Industrial de Florida al Teléfono 22085

 

 

A título informativo

 

Conforme con lo dispuesto por esta ley, toda persona, física o jurídica, pública o privada deberá inscribir en un organismo estatal denominado Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante AGESIC), todas las bases de datos que sean susceptibles de registro y todo tipo de tratamiento, en cualquier tipo de soporte o modalidad de uso. 

 

Las bases de datos deberán ajustarse a principios de legalidad, veracidad, finalidad, previo consentimiento informado, seguridad de los datos, reserva y responsabilidad.  Esto implica que para que la base sea lícita, debe estar inscripta en AGESIC.  Los datos que la misma contenga deben ser exactos y actualizados.  El uso que se les de a esos datos no puede ser distinto de aquel para el cual fueron recabados.  El titular de la base siempre deberá prestar su consentimiento en forma libre, previa, expresa e informada, extremo que deberá quedar documentado.  Existen excepciones al principio del previo consentimiento como el caso en el que los datos derivan de una relación contractual del titular de los datos y sean necesarios para su desarrollo o cumplimiento.  Los datos contenidos en las bases deben ser guardados en forma segura y su utilización podrá hacerse solo por personas que la obtengan en forma legítima para las operaciones habituales o de su giro.  El responsable de la base responderá por el incumplimiento de estas disposiciones.

 

El titular de los datos tendrá derecho a ser informado, previo a dar sus datos, respecto de la finalidad del tratamiento de los mismos, la existencia de la base, quien es el responsable y la posibilidad de ejercer sus derechos.

El titular de los datos también tendrá derecho de obtener toda la información que sobre sí se encuentre en bases públicas o privadas.  Si dicha información no le es proporcionada o le es negada sin fundamento, el titular de los datos tendrá un plazo de 5 días para iniciar acción de habeas data. 

También tendrá derecho de rectificar, actualizar, incluir o suprimir datos que se encuentren en una base determinada.

El titular de los datos tendrá de derecho a impugnar valoraciones personales que sobre sí se hagan en una base.

Los datos solo podrán ser utilizados con el fin para el cual fueron recabados, no con un fin diverso.  La comunicación de estos datos solo podrá hacerse en cumplimiento de dicha finalidad y con previo consentimiento del titular de los datos.

 

Se protegen especialmente los datos sensibles, los relativos a la salud de las personas, los relativos a las telecomunicaciones, bases de datos con fines de publicidad, los relativos a la actividad comercial o crediticia y los datos transferidos internacionalmente. 

Se prohíbe la transferencia de datos personales de cualquier tipo con países u organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección adecuados, salvo que las entidades entre las que se transfieren datos tengan códigos de conducta inscriptos.  

          

Son responsables del cumplimiento de estas disposiciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas propietarias de bases de datos o que decidan sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento. 

   

Imágenes de la charla informativa ofrecida por el abogado del Centro Comercial e Industrial de Florida, Dr. Raúl Rodríguez, sobre la LEY de PROTECCIÓN de DATOS PERSONALES (Ley Nº 18.331).  La misma se llevó a cabo 10 de diciembre de 2009, a la hora 19:30, en  la sala de Convenciones de la institución.

Por información general y de costos, por favor comunicarse con el Centro Comercial e Industrial de Florida, al teléfono (035) 22085 - 24408

 

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